¿Cuánto tiempo debo mantener los registros de impuestos?

» ¿Por cuánto tiempo debo mantener los registros de impuestos?’. Es una pregunta que me hacen a menudo. Parece bastante simple, pero en realidad no es tan sencillo.

La clave que le digo a la gente es que si la ATO alguna vez cuestiona sus asuntos fiscales, entonces depende de usted probar la cantidad correcta de impuestos. No es la ATO la que necesita probar cuánto impuesto tiene que pagar.

Si está sujeto a una auditoría, la ATO simplemente puede hacer un intento razonable de calcular cuánto debería ser su impuesto y luego emitirle una evaluación por esa cantidad. Si no está de acuerdo, debe mostrar cuál es la cantidad correcta de impuestos. No es tan simple como mostrar que la ATO está equivocada; en realidad, debe mostrar cómo se debe calcular la cantidad correcta de impuestos. Esto significa que debe tener cuidado de mantener todos sus registros de impuestos, para que pueda explicarse a la ATO y a los Tribunales si alguna vez lo necesita.

La regla general para mantener los recibos

A un lado de las disputas fiscales, la ley generalmente requiere que mantenga registros de impuestos durante 5 años después de que se presenten las declaraciones de impuestos. Esto significa que debe conservar todos los recibos, comprobantes de ingresos, cálculos, nominaciones y otros registros que respalden el contenido de su declaración de impuestos durante cinco años.

Si los registros se refieren a una empresa, la Ley de Sociedades de 2001 requiere que la empresa mantenga registros financieros durante 7 años.

Si los registros se refieren a un fondo de jubilación, algunos de esos registros deben conservarse durante 10 años, incluidas las actas de las reuniones de fideicomisarios y copias de todos los informes entregados a los miembros.

Circunstancias especiales

Además de las reglas generales, hay algunas circunstancias en las que debe mantener los registros de impuestos durante más de 5 años después de presentar la declaración correspondiente.

  • Pérdidas fiscales arrastradas: Si tiene pérdidas de impuestos que se han arrastrado de años anteriores, deberá mantener todos los registros desde el inicio de esas pérdidas hasta 5 años a partir del momento en que realice la reclamación final.
  • Activos depreciables :Si tiene activos depreciables, deberá mantener todos los registros relacionados con esa compra desde la fecha de compra hasta 5 años después de realizar la reclamación de depreciación final.
  • Base de costes del impuesto sobre plusvalías: Si posee un activo de capital, como una propiedad de inversión o acciones, deberá mantener registros de la base de costos (incluido el precio de compra, los costos involucrados en la adquisición del activo y los costos involucrados en la tenencia del activo). Esto es para que cuando se deshaga del activo, pueda calcular con precisión la ganancia o pérdida de capital. Los registros de base de costos deben conservarse durante cinco años después de la declaración de impuestos en la que se informa la ganancia o pérdida.
  • En una disputa con la ATO: Si tiene una disputa con la ATO, debe mantener sus registros durante cinco años después de que se resuelva la disputa.
  • Empleados: Si paga salarios, debe mantener registros de impuestos relacionados con sus empleados durante cinco años después de que se termine su empleo (en ese sentido, la Ley de Trabajo Justo de 2009 requiere que un empleador mantenga registros de empleados durante siete años).

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